Autoridades educativas del estado confirmaron que sí serán dos días de descanso en escuelas.
Autoridades educativas del estado confirmaron que sí serán dos días de descanso en escuelas.
Las escuelas públicas de Veracruz regulan sus actividades y descansos de acuerdo al calendario oficial la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV). Este marca de manera oficial que hay solo un día de descanso con motivo de las fechas patrias, sin embargo, este 12 de septiembre se confirmó que serán dos días sin clases.
¡Ya tenemos canal de WhatsApp! Únete aquí
De acuerdo al calendario escolar para educación básica, media y media-superior -que incluye a preescolar, primaria, secundaria y bachillerato- es el día martes 16 de septiembre cuando marca suspensión de clases y actividades docentes. Ahora se suma el lunes 15.
El aviso que circuló de la Oficialía Mayor de la SEV dice que en "cumplimiento a lo establecido en los Calendarios Escolares Oficiales para el ciclo escolar 2025-2026, y por instrucciones superiores se deja sin efecto la Circular No. SEV/OM/0054/2025 de fecha 09 de junio del año en curso", en el que se estipulan los días de descanso.
El mensajo oficial indica "que el próximo lunes 15 y martes 16 de septiembre de 2025 se otorgan los días como suspensión de labores al personal docente y administrativo de todos los centros de trabajo adscritos a esta Secretaría".
Día feriado
De manera oficial, el martes 16 de septiembre es día feriado de descanso obligado por ley, con goce de sueldo, en los centros de trabajo de Veracruz y el país. Esto, como parte de los derechos que tienen todos los trabajadores y trabajadoras.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) marca los días feriados para todo centro laboral del país, al que tanto jefes como la plantilla laboral deben responder y respetar, de lo contrario, se estaría incurriendo una ilegalidad.
El primer y único día feriado de septiembre 2025, de descanso obligado es el martes 16. En Veracruz este día de asueto es obligado por ley.
¿Cuánto deben pagarme si trabajo un día feriado?
En caso de trabajar un día marcado como feriado, la ley estipula que los trabajadores y los patrones deberán acordarlo así. El empleador está obligado a pagar un salario doble por el servicio prestado en el día feriado, más el sueldo de ese día; es decir, es un pago triple del día:
Mantente al día con las noticias, únete a nuestro grupo de WhatsApp
"En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", dice la LFT.
Con información de La Silla Rota