La cartera vencida como se le conoce a los créditos no pagados en el plazo y condiciones pactadas a su otorgamiento, adquirirá dimensiones preocupantes en los próximos meses por sobrados motivos, ello nos impone prepararnos en el conocimiento de nuestros derechos para protección de nuestro patrimonio.
El irracional otorgamiento de crédito sin el análisis objetivo de la capacidad de pago (endeudamiento) de los usuarios por parte del acreedor, ha echado por tierra de forma sistemática, los múltiples intentos por “educar financieramente” a los potenciales clientes de las financieras que viven del cobro de intereses.
¿Cómo decirle a alguien que no pida prestado, si no tiene otra opción lícita para solventar sus necesidades? cualquiera en situación de desesperación hará uso de éste con la creencia de poder pagar a futuro, aceptando incluso condiciones imposibles de solventar, como mensualidades que superan sus ingresos, y ni hablemos de leer o entender los términos legales de los contratos diseñados específicamente para proteger al capitalista.
De otro modo como se explica el “mal comportamiento” crediticio de los clientes en una sociedad como la nuestra, que por tradición, buenas costumbres y honrar la palabra, somos conocidos a nivel mundial como los mejores pagadores.
Ello aunado a las muchas ‘artimañas’ y campañas de reestructuras o de “compra de deudas” que ofrecen extender los plazos de pago bajo la aparente disminución de tu mensualidad, lo que siempre aumenta la deuda, pues el secreto está en pagar más intereses.
Pero, ¿qué debemos hacer si ya nos contamos dentro de la estadística de cartera vencida? Tenemos que saber que en breve comenzará la cobranza extrajudicial; es decir, aquella ejercida por los despachos de cobranza o sus representantes sin que medie una autoridad o procedimiento legal.
El temor en tiempos de pandemia, el miedo a lo desconocido, o la vergüenza de “fallar” debe reemplazarse por fortaleza, seguridad y resistencia basada en el conocimiento de nuestros derechos.
En principio porque nadie tiene derecho a amenazar, ofender o intimidar a un deudor, a sus referencias o avales al ejercer la cobranza, porque ello da lugar a que una persona acepte un trato desventajoso para sí en beneficio de su acreedor, lo que es injusto.
Por eso es muy importante no permitir que se ejerza violencia sobre nuestra persona, hacer valer siempre nuestra dignidad y denunciar cualquier abuso que se suscite, ello es la garantía de que el usuario tome una correcta decisión basada en un pago justo que no ponga en riesgo ni su subsistencia, ni su tranquilidad, ni sus bienes a futuro.
Absténgase de firmar documentos sin la asesoría de un abogado o persona de confianza con acceso a información jurídica que pueda orientarle, explicarle y advertirle las consecuencias de estampar su firma.
No entregue dinero sin un convenio y recibo firmado por personas legalmente autorizadas por la financiera o banco para suscribirlo.
Insolvencia no es delincuencia, ¡no lo olvide!
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