En los últimos días, han existido reportes de avistamientos de la colocación de diversos espectaculares con el hashtag #EsClaudia y la silueta de la actual Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, en conjunto con alguna imagen representativa de cada entidad federativa en la que aparecen estos promocionales.
Se ha denunciado en redes sociales que esto corresponde a un acto anticipado de campaña por parte de Sheinbaum y de MORENA, sin embargo, la servidora pública se ha deslindado al respecto de ello y ha comentado que son manifestaciones de apoyo de parte de simpatizantes, pero que ella no lo ha promovido. A su vez, el presidente, Andrés Manuel López Obrador, ha evitado dar alguna declaración contundente al respecto del tema, aunque se sabe que su favorita, en efecto, #EsClaudia.
De forma estricta, los espectaculares por sí mismos no constituyen un acto anticipado de campaña, ya que no especifican a cuál Claudia se refieren ni tampoco para qué, es decir, no se promociona a Sheinbaum para presidenta ni se usa su cara. Aunque claro, es fácil identificar a quién se refieren y para qué, en especial con la silueta.
El caso es que los espectaculares no son claros en ese sentido. Aunque he de decir que me ha tocado ver bardas que señalan cuestiones como “Es Claudia, que siga la 4T o para presidenta” e, incluso, lonas donde se menciona todo esto y se agrega un retrato de la funcionaria, desafortunadamente, no les he tomado fotos por ir de prisa. Y no piense que, tal vez, es propaganda vieja porque esta debe ser retirada, de acuerdo con el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
Volviendo a lo de los espectaculares actuales, hay que apuntar que la LGIPE determina, en su artículo 3, que un acto anticipado de campaña es aquel acto de cualquier tipo que se realice fuera de los momentos de campaña para expresar algún llamado al voto en contra o favor de alguna candidatura o partido político. Asimismo, contempla dentro de esta definición aquellas expresiones donde se solicite apoyo para postularse en algún proceso electoral.
Esto ha permitido, no solo en esta ocasión, sino desde antaño, que diversas personas que aspiran a postularse a un cargo público usen este tipo de estrategias para posicionarse entre el electorado de forma previa a lo que marcan los tiempos electorales. Recuerdo que en la última ocasión en que Armando Rotter se lanzó a la presidencia municipal en Coatzacoalcos, mucho antes de que dieran inicio las campañas, ya había múltiples paredes rotuladas con la leyenda “Rotter va”, ¿a dónde iba? O ¿Para qué iba? No decía, pero, era evidente que la población ya sabía que don Armando buscaría lanzarse de nueva cuenta.
Ante tal concepción, hay que destacar que los espectaculares de #EsClaudia no contienen un llamado directo al voto ni en favor de Sheinbaum ni en contra, así como tampoco se solicita apoyo para contender a algún puesto. Así, es evidente que esta campaña publicitaria está pensada para evadir lo que la normatividad electoral dice al quedar, precisamente, en las fronteras de esta.
Por lo anterior, la diputada Armendáriz está muy confiada en que ella y algunos de sus compañeros legisladores morenistas no están violando la ley electoral y, en efecto, de forma estricta no lo hacen con estos espectaculares ni tampoco pagándolos con sus propios recursos, al no ser públicos. La cuestión aquí es que ella en entrevista aceptó que armaron el fondo para pagar estos espectaculares para dar a conocer a Claudia Sheinbaum como candidata a la Presidencia de la República porque creen que ella es la adecuada para serlo.
Con los dichos de Patricia Armendáriz en la entrevista que tuvo con el periodista Carlos Zúñiga, la oposición ha presentado los respectivos procesos ante el Instituto Nacional Electoral (INE) porque la legisladora les ha brindado pruebas de que esto consiste en una estrategia de campaña política que está fuera de los tiempos legales. Además, escudarse en que ya todos están en campaña y que no hay que hacernos, es una manera muy ridícula de justificar sus actos.
Aunado a ello, que no se confunda la diputada, puede ser sujeto de responsabilidad por infracciones a la ley electoral, no solo por su encargo público, sino también en su calidad de ciudadana, de acuerdo con el artículo 442 de la LGIPE. Por lo que argumentar que está ejerciendo sus derechos como ciudadana no debería ser su vía de escape. En ese sentido, según esta misma ley, de igual forma, pueden cometer infracciones los aspirantes a cargos de elección popular, por lo cual, Sheinbaum ha corrido a lavarse las manos lo más rápido que pudo.
Competir sin equidad y con ventajas, utilizando las leyes y las propias instituciones es algo que desde antaño ha hecho la clase política mexicana. No obstante, MORENA, igualmente, hace gala de ello, a pesar de que su líder moral ha hecho suya la frase de “no mentir, no robar, no traicionar al pueblo” como un mantra que, a todas luces, tampoco cumplen.